Con motivo de la contingencia sanitaria que estamos enfrentando en el
país, principalmente en el Distrito Federal y Estado de México, la Secretaria
de Hacienda y Crédito Publico concedió una ampliación en el plazo para
presentar la declaración anual de las personas físicas hasta el 1 de junio de
2009. La determinación se tomo por que tradicionalmente en estos días se
presenta una saturación de personas en las administraciones locales de
recaudación, oficinas descentralizadas y en los distintos módulos de atención
que el SAT habilita para brindar apoyo en el llenado de su declaración anual a
quien lo solicite. Esta prorroga abre una extraordinaria oportunidad para que
todas aquellas personas que por distintas razones no les dio tiempo de
organizar la documentación necesaria para su elaboración, lo hagan con la
debida oportunidad y cumplan con esta obligación sin ningún tipo de
sanción.
A continuación de manera muy concreta, te recordamos la documentación
con la que debes contar para la elaboración de tu declaración anual.
- Sueldos
y salarios. Constancia de retenciones que te deberá entregar tu patrón.
Comprobantes de deducciones personales como honorarios médicos, dentales,
gastos hospitalarios de funeral y de transporte escolar obligatorio; estos
gastos pudieron haber sido erogados para la atención y servicio del propio
contribuyente, de su cónyuge o de sus descendientes o ascendentes en línea
recta (Esposa, esposo, hijos o padres del contribuyente).
- Honorarios
Profesionales. Comprobantes de ingresos expedidos durante el año (copia o
talonario de los recibos de honorarios), constancias de retenciones
efectuadas por personas morales durante el año, comprobantes de los gastos
que fueron necesarios para el desarrollo de su actividad, declaraciones
mensuales de IVA, ISR e IETU presentadas durante el año, deducciones
personales mencionadas en el párrafo de sueldos (en caso de tenerlas) y
libro de registro de Ingresos y Egresos.
- Actividades
empresariales del régimen intermedio. Comprobantes de ingresos expedidos
durante el año (Facturas), comprobantes de gastos que fueron necesarios
para el desarrollo de su actividad, declaraciones mensuales de IVA, de ISR
(Federal y Estatal en su caso) e IETU presentadas durante el año,
deducciones personales mencionadas en el párrafo de sueldos (en caso de
tenerlas) y libro de registro de Ingresos y Egresos.
- Actividades
empresariales (Régimen General) Comprobantes de ingresos expedidos durante
el año (Facturas), comprobantes de gastos que fueron necesarios para el
desarrollo de su actividad, declaraciones mensuales de IVA, de ISR, e IETU
presentadas durante el año, deducciones personales mencionadas en el
párrafo de sueldos (en caso de tenerlas).
Todos estos comprobantes deberán estar registrados en su contabilidad,
además tener a la mano el Balance General, del negocio, el Estado de
Resultados, la Conciliación Fiscal contable, el calculo del Efecto
Inflacionario y de la Depreciación Fiscal de inversiones.
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